La nueva legislación que busca disminuir el 80% de las deudas impagas que hoy están fijadas por tribunales, establece un mecanismo de pago permanente para las deudas de pensiones de alimentos.
Este sábado 20 de mayo, entrará en vigencia la nueva ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos, que establece los mecanismos para asegurar la obligatoriedad de pago de la pensión de alimentos a quienes adeuden, al menos, una mensualidad de la pensión.
Para Jimena Valenzuela, directora del Instituto de Ciencias de la Familia de la Universidad de los Andes, la medida va en la dirección correcta. “Hay que buscar mecanismos que permitan que esos alimentos se paguen, porque, en definitiva, lo que se está perjudicando y dañando son a los niños, porque el hecho de que no se paguen repercutirá en su desarrollo integral”, menciona.
Valenzuela agrega que de todas formas hay que tratar de generar un cambio cultural para que se hagan efectivas las medidas. “Al principio, cuando se instauró el arresto, por ejemplo, se veía como una solución, el arresto para los deudores y vemos que no ha tenido los resultados esperados” explica.
En simple, la ley establece un procedimiento de pago especial para el cobro de las pensiones que se adeudan. En este contexto, en el caso de que exista por lo menos una mensualidad de pensión sin pagar, se podrá solicitar al tribunal que ordene la búsqueda activa de patrimonio de la persona que adeuda, una o más mensualidades.
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